20 junio 2006

Propuesta alternativa para el mejoramiento académico en la UCV

Nosotros, como estudiantes ucevistas, comprendemos la necesidad de tomar acciones para mejorar el rendimiento académico. Sin embargo, éstas no pueden ser inconsultas y mucho menos a manera de receta para toda la universidad. En primer lugar, antes de hablar de un nuevo reglamento, debemos refle-xionar sobre los motivos del bajo rendimiento. Éstos, a nuestro juicio, son:
Primero: Pocas e insufi-cientes ayudas económicas. Vale destacar que las becas-ayudantías representan me-nos del 30% del salario mínimo.
Segundo: Ineficaces planes de residencias estudiantiles. Muchos de nuestros compañeros conviven con dos y tres personas en habitaciones de condiciones deplorables y costos superiores a los Bs.100.000 por persona.
Tercero: Nuestros espacios de estudio están confiscados por “razones de seguridad”, mientras que nuestros compañeros tienen que vagar por la universidad buscando un sitio adecuado para estudiar.
Cuarto: Ausencia de mecanismos transparentes de evaluación profesoral.
Quinto: Desactualización de la biblioteca y ausencia de los libros editados por la universidad, así como también de las guías que se compran en reproducción.
Sexto: El diseño curricular de la Universidad contradice el concepto de “Profesional Integral” establecido en la Ley de Universidades.

Por lo antes expuesto nos oponemos a hablar de cambiar un reglamento para resolver un problema cuyas causas no serán solventadas con lo reflejado en él, motivo por el cual, exigimos:
Realizar un estudio serio sobre la situación socioeconómica y académica de los estudiantes de la Universidad.
Crear Mecanismos Transparentes para la evaluación profesoral.
Total apertura de nuestros espacios de estudio (salones, auditorios, bibliotecas), incluyendo los fines de semana.
Adecuada dotación de los laboratorios de la Universidad.
Dotar a las bibliotecas de las guías y libros editados por la Universidad y cualquier otro material de apoyo necesario para la comprensión de las asignaturas, además de la actualización de los existentes.


...cada generación dentro de una relativa opacidad tiene una misión histórica, su deber es cumplirla o traicionarla...


Comité por la Universidad Popular
comiteup@yahoo.com

Que te boten de la UCV puede ser más fácil de lo que crees... Si lo permites, ¡claro!

PARTE DE LA PROPUESTA DEL CONSEJO UNIVERSITARIO PARA “MEJORAR” EL RENDIMIENTO ESTUDIANTIL CON LÁTIGO

Artículo 8
“Todo alumno que en un período académico apruebe menos del 50% de la carga académica inscrita al inicio del período lectivo, deberá participar obligatoriamente en el programa especial de recuperación establecido en estas normas, salvo en el caso descrito en el articulo 14 de las mismas.” (EN EL ARGOT FUTBOLISTICO EN BOGA….FALTA).
Artículo 11
“El alumno que al final de un período de recuperación nuevamente apruebe menos del 50 % de la carga inscrita en el período lectivo, no podrá inscribirse en la Universidad Central de Venezuela en los dos periodos lectivos siguientes…” (TARJETA AMARILLA ¡FUERA POR UN AÑO!)
Artículo 14
“ El alumno que por tercera vez durante la carrera apruebe en un período académico menos del 50 % de la carga académica inscrita al inicio del período lectivo, no podrá inscribirse más en la misma Escuela de la Universidad Central de Venezuela ”. (TARJETA ROJA, ¡FUERA DE LA FACULTAD PARA SIEMPRE!)

UNA REFLEXIÓN NECESARIA
Si establecemos la comparación entre el Articulo 11 con el Articulo 6 del antiguo reglamento que dice: “El alumno que la final del semestre de recuperación no alcance nuevamente a aprobar el 25% de la carga académica que cursa o en todo caso aprobar por lo menos una asignatura, no podrá reinscribirse en los dos semestres siguientes”, notamos que:
1.- Se sustituyen las palabras carga académica por carga inscrita. Esto quiere decir que al final del semestre, para contabilizar este 50%, van a tomar en cuenta las materias retiradas. ¿Qué quiere decir esto?, que si inscribimos 3 materias y retiramos 1, y por mala suerte raspamos otra y pasamos una solamente, la suma de la retirada y la raspada pueden dar más del 50%. Quiere decir que caemos en norma y corremos el riesgo de ser botados o de quedar fuera si caemos en el artículo 11 y 14.
2.- El Consejo Universitario nos quiere vender esta normativa como solución al bajo rendimiento universitario y algunos estudiantes podrían estar de acuerdo con esto. La verdad es que, en el Consejo Universitario, desean deshacerse de quienes tienen problemas económicos, trabajan, hacen deporte, viven lejos, están casados o son responsables de familia, quienes realizan actividades culturales o políticas y de todos aquellos que vemos la educación más allá de los conocimientos impartidos en clase y apostamos a una formación integral.
En el fondo nos quieren convencer de que nuestra única finalidad es estudiar lo impartido en las aulas y forzarnos a no tener una vida aparte de los estudios y mucho menos la posibilidad de pensar diferente.
Adicionalmente no se ha planteado mejorar a quienes enseñan, su forma de enseñar y su manera de evaluar. Por el contrario, se ataca a “los estudiante” pues, según ellos, somos los únicos que estamos mal, lo que justifica aplicar medidas autoritarias sobre nosotros, cuando lo importante debería ser corregir las causas del mal rendimiento.
Condenamos categóricamente este reglamento por ser reaccionario, por no ir al fondo del problema y criminalizar a los estudiantes, pretendiendo castigarnos por una culpa que no es sólo nuestra sino en gran medida de los profesores y de este sistema que nos quiere convertir en un producto que se compra y se vende, donde nuestro precio de venta es la calificación y el permiso para vendernos lo firmamos con nuestro silencio.
A cinco años de la heroica toma de la sala de sesiones del Consejo Universitario... Su lucha HOY sigue vigente...


Comité por la Universidad Popular

18 junio 2006

REGLAMENTO DE PERMANENCIA PROPUESTO POR LAS AUTORIDADES

EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA

En uso de la facultad que le confiere el numeral 21 del Artículo 25 de la Ley de Universidades vigente, dicta las siguientes:

NORMAS SOBRE RENDIMIENTO DE LOS ALUMNOS DE PREGRADO DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA.

Artículo 1 Las presentes normas tienen por objeto favorecer y estimular el rendimiento académico estudiantil, así como definir los requerimientos académicos mínimos que deben cumplir los alumnos de pregrado de la Universidad Central de Venezuela, para permanecer con tal carácter en la institución.

Artículo 2 La Universidad Central de Venezuela por órgano de su Facultades y Escuela y bajo la coordinación del Vicerrectorado Académico, diseñara políticas y ejecutará programas sistemáticos adecuados para estimular el rendimiento estudiantil y prestar asesoramiento y asistencia a los alumnos con rendimiento deficiente. A estos fines el Vicerrectorado Académico determinará las especificaciones de estos programas.

Articulo 3 Las Facultades y Escuelas establecerán actividades y estímulos destinados a promover la dedicación al estudio y a recompensar los resultados sobresalientes. Para estos efectos podrán tener en cuenta: el índice de eficiencia; el promedio ponderado por período o a lo largo de la carrera; la participación en actividades académicas y cualquier otro criterio que, a su juicio, se considere adecuado para el estímulo de un mejor rendimiento académico.

Artículo 4 Todo alumno de la Universidad Central de Venezuela deberá lograr un rendimiento académico no inferior a los limites mínimos establecidos en las presentes normas, como condición para permanecer con tal carácter en la Universidad.

Artículo 5 Todo alumno que en un período académico apruebe menos del 50 % de la carga académica inscrita al inicio del período lectivo, deberá participar obligatoriamente en el programa especial de recuperación establecido en estas normas, salvo en el caso descrito en el artículo 14 de las mismas.

Parágrafo Primero: se define carga académica inscrita como el número de asignaturas inscritas al inicio del período lectivo, o bien, como el número de asignaturas inscritas al inicio del periodo lectivo, o bien, como el número total de créditos de las asignaturas inscritas al inicio del período lectivo, en aquellos regímenes que utilicen las unidades créditos como referencia.

Parágrafo Segundo: cuando en el cálculo del porcentaje de carga académica aprobada se obtenga un número fraccionado igual o superior a cinco décimas, se tomará el número entero inmediato superior.

Artículo 6 La Unidad de Asesoramiento Académico de la Escuela, organizará, con la aprobación del respectivo Consejo, las actividades de orientación y recuperación para los alumnos incursos en el supuesto establecido en el artículo 5. A tal fin recibirá el apoyo de los Servicios de Orientación de la Unidad.

Artículo 7 Para los fines de su recuperación, el alumno será asignado por el Decano o por quien él delegue, a proposición de la Unidad de Asesoramiento Académico, a un Profesor Consejero.

Parágrafo Primero: El Profesor Consejero para el cumplimiento de sus funciones, podrá contar con la cooperación de Estudiantes Asesores Académicos, los cuales serán debidamente entrenados para tales fines.

Parágrafo Segundo: el mecanismo de selección, evaluación y estímulo de los Estudiantes Asesores Académicos, así como sus funciones son los establecidos en ele Reglamento de Asesoría Académica de la Universidad Central de Venezuela.

Parágrafo Tercero: en caso de incompatibidad en las relaciones entre el alumno y el Profesor Consejero asignado, cualquiera de los dos podrá pedir cambio de Profesor Consejero mediante solicitud escrita y razonada ante la Unidad de Asesoramiento Académico, en el lapso establecido por esta instancia para ello.

Articulo 8 El Profesor Consejero tendrá las siguientes funciones:

Asesorar al estudiante en la selección de asignaturas o unidades curriculares a cursar y autorizar su inscripción en el período lectivo siguiente, así como el retiro de asignaturas.
Fijar entrevistas con el alumno con la frecuencia que estime necesario.
Llevar un expediente de cada alumno que le haya sido asignado, con indicación de su asistencia a las entrevistas, los problemas que haya planteado el estudiante y las soluciones sugeridas.
Evaluar las posibles causas de las dificultades de rendimiento del alumno y buscar, con la cooperación de la Unidad de Asesoramiento Académico, asistencia para que las supere.
Determinar las actividades a desarrollar por el Estudiante detectadas en cada una de los alumnos en su supervisión.
NO SALE EN LA COPIA.
Presentar al final del periodo un informe sobre cada alumno a la Unidad de Asesoramiento Académico. Este informe deberá contener todo lo relativo a:
- Reuniones realizadas.
- Posibles causas del bajo rendimiento del estudiante.
- Plan de recuperación sugerido y a la medida en que fue cumplido por el estudiante.
- Resultado de la actuación académica del estudiante al finalizar el periodo lectivo.

Artículo 9 La función del Profesor Consejero es de obligatoria aceptación por parte del profesor y le será reconocida como tiempo de dedicación a la institución, según lo establecido en el Reglamento de Asesoría Académica.

Artículo 10 La unidad de Asesoramiento Académico de cada Escuela llevará un control de las actividades del Profesor Consejero, mediante la apertura de un registro donde se dejará constancia del estudiante asignado a cada profesor, el informe académico elaborado por éste y los resultados obtenidos por el estudiante al final del periodo. Esta documentación formará parte del expediente del estudiante.
Artículo 11 El alumno que la final de un periodo de recuperación nuevamente apruebe menos del 50 % de la carga inscrita al inicio del período lectivo, no podrá inscribirse en la Universidad Central de Venezuela en los dos períodos lectivos siguientes si cursa una carrera bajo el régimen semestral, en el período lectivo siguiente si cursa una carrera de régimen anual. Pasado ese tiempo, el estudiante deberá inscribirse en la Escuela donde realizaba estudios sin más requisitos que los trámites administrativos usuales. De no hacerlo en esa oportunidad, se considerará desincorporado. Su reincorporación se hará siguiendo lo establecido en el Reglamento de Ingreso de alumnos a la UCV.

Artículo 12 Una vez inscrito según el artículo anterior, el alumno podrá solicitar el cambio de Escuela, previo informe favorable del Profesor Consejero y de la Unidad de Asesoramiento Académico de la Escuela de Origen y la aceptación del Consejo de la Facultad a la cual solicita el traslado. Las Facultades deberán asignar a cada período académico un 2% de cupo para los alumnos en esta situación, en cada una de las Escuelas.

Artículo 13 El Consejo de Facultad podrá autorizar, en casos excepcionales, la inscripción inmediata de los alumnos que se encuentran en los supuestos del artículo 11 de estas Normas, previa solicitud oportuna del interesado y previos informes favorables y razonados del Profesor Consejero y de la Unidad de Asesoramiento Académico, así como la opinión favorable del Consejo de Escuela. Para estos fines se tomará en cuenta la forma como el estudiante haya cumplido su programa de recuperación.

Parágrafo Único: el alumno que desee solicitar su inscripción inmediatamente según lo previsto en este artículo, deberá entregar conjuntamente con la respectiva solicitud, a la Unidad de Asesoramiento Académico, los recaudos que demuestran que su bajo rendimiento no es imputable a causas académicas.

Articulo 14 El alumno que por tercera vez durante la carrera apruebe en un período académico menos del 50 % de la carga académica inscrita al inicio del período lectivo, no podrá inscribirse más en la misma Escuela de la Universidad Central de Venezuela.

Parágrafo Único: el Consejo de Facultad podrá autorizar, en caso excepcionales, la inscripción inmediata del alumno que se encuentre en los supuestos del presente artículo, previa solicitud oportuna del interesado y previos informes favorables y razonados por el Profesor Consejero y de la Unidad de Asesoramiento Académico conjuntamente con la respectiva solicitud, los recaudos que demuestren que su bajo rendimiento no es imputable a razones académicas.

Articulo 15 El consejo Universitario podrá dictar, a proposición de las respectivas Facultades, disposiciones especiales para adaptar estas normas a las características académicas peculiares de una Escuela determinada.

Articulo 16 Las presentes normas se aplicarán en todas las Escuelas de la Universidad Central de Venezuela, a partir del periodo académico inmediato a la aprobación de las mismas.

Artículo 17 El Consejo Universitario procederá, a través de la Comisión Central de Unidades de Asesoramiento Académico, a evaluar periódicamente la aplicación de esta normativa.

Artículo 18 Se derogaran las Normas sobre Rendimiento Mínimo y Condiciones de Permanencia de los alumnos de la Universidad Central de Venezuela aprobados el 14 de julio de 1982.

Lo no previsto en estas normas será resuelto por el Consejo Universitario.

Tomado de: UCV Facultad de Ingeniería 06 de Abril 2006, Secretaria del Consejo de Facultad.

09 junio 2006

Crónica de otra tarde violenta

Es el martes 30 de mayo en la tarde, algo está pasando que atrae la atención de la comunidad universitaria: gritos, alboroto, gente corriendo, personas que se acercan para contemplar el bochornoso hecho de ver cómo, nuevamente, un vigilante de la UCV agrede físicamente a unas personas. Fueron metódicamente maltratados siguiendo el “procedimiento de rutina”; el empleado, que nuestra universidad contrató para protegernos, no estaba solo, lo rodeaban varios vigilantes uniformados y con todo el trabuco de seguridad: radios, motos, jaula y no se sabe qué más.
Pero afortunadamente la gente que espontáneamente los rodeó, evitó que los agredidos fueran secuestrados, como en tantas otras oportunidades ha pasado. El alboroto también atrajo a estudiantes concientes que cámara en mano grabaron la escena para que los hechos no quedaran impunes... y así será.
Seguramente se tratará de explicar los hechos acusando a las víctimas de ser consumidores e incluso traficantes; si así fuera, ¿Por qué un agente de la seguridad decide ponerlos en libertad, actuando como policía y juez? ¿Cuál es el procedimiento que establece el reglamento de seguridad de la UCV? ¿Acaso permite golpizas como procedimiento?
Lo más grave de todo es que este tipo de hechos se reitera desde hace mucho tiempo. Baste recordar el asesinato de Weimar Arias en enero del año pasado, que luego de una golpiza que le propinaron los guardias de la UCV, murió en su cama desangrado, ante el silencio cómplice de las autoridades de nuestra universidad y de los representantes estudiantiles de la FCU.
Analicemos un poco más: agentes de seguridad sin identificación pagados con los recursos del pueblo golpeando estudiantes; jaulas móviles para traslados a Sierra Maestra; radios, motos, bicicletas, circuitos cerrados de TV, policía privada (en Medicina, Odontología y el Banco de Venezuela); y nadie que se haga cargo de los abusos. Silencio cómplice de los que deberían, antes que ninguna otra cosa, garantizar la integridad de toda la comunidad universitaria. Y sigue habiendo robos, violaciones…
¿Es posible que no se den cuenta que no iluminar la salida a Plaza Venezuela o las áreas oscuras por las que transitan a diario los estudiantes del turno noche cuesta realmente poco frente a los gastos totales de seguridad? ¿Es posible que no entiendan que el restringir los horarios nocturnos de clases, genera más inseguridad y viola el derecho a estudiar de quienes trabajamos? Pero no seamos inocentes, sí lo saben y lo entienden, sólo que su intención no es velar por nosotros sino por sus intereses: cuidan sus negocios, generan inseguridad para intentar convencernos de que es necesario privatizarla (así lo hicieron en los estadios, primero apagaron las luces en los estacionamientos y redujeron el personal de vigilancia, para luego, ante el incremento de violencia, privatizar).
Hoy nuestras autoridades se llenan la boca con la palabra AUTONOMÍA, que tanta lucha y tanta sangre costó a nuestros compañeros y a la que defendemos con toda el alma. Pero no defienden la autonomía del libre pensamiento y la libre cátedra; no defienden el derecho de todos los que conformamos la comunidad universitaria (estudiantes, profesores y trabajadores) para que en pie de igualdad decidamos el destino de la universidad.
Cuidan su feudo: para que nadie se meta a revisar sus cuentas, ¡nooooo! ¡Autonomía, autonomía!, para que 1 voto de profesor siga valiendo por el de 40 estudiantes (violando la constitución y las leyes); ¡autonomía, autonomía!, para que las becas se decidan en secreto y a dedo, que los cupos arrebatados al pueblo con la artimaña de las pruebas internas sean repartidos de acuerdo a su “académico” criterio y a su antojo, que se privaticen cada día más espacios a cambio de quién sabe qué beneficios para la comunidad (pero seguro que para nuestros señores feudales sí hay beneficios).
Hoy las autoridades imponen con sus reglamentos, sistemas electorales, programas de estudio, horarios, privatización de los espacios y de la vida universitaria, toda una parafernalia represiva y academicista, que tiene por objeto no sólo preservar el status quo de quienes dirigen a universidad, sino el de quienes han oprimido a nuestro pueblo y quieren seguir haciéndolo.
Exijamos al rector París, a nuestras autoridades, a la FCU y a los centros de estudiantes que se expidan inmediatamente sobre los hechos del martes 30 de mayo, que den la cara, que sienten una posición clara, que se tomen todas la medidas necesarias para evitar los abusos contra la comunidad universitaria. ¡Basta de gastos en represión! ¡Basta de viajecitos de la FCU en defensa de posiciones partidistas, cuando en sus narices pasan cosas como éstas!
· Renuncia YA del Director de Seguridad de la UCV
· Investigación y castigo a los responsables y cómplices de las agresiones
· Difusión pública de los nombres de todo el personal de seguridad de la UCV
· Uniforme único para los miembros de la seguridad con su nombre visible y no removible
· Iluminación de los espacios públicos y en particular las zonas oscuras
· Constitución ya misma de una Mesa Técnica sobre Seguridad con la participación de toda la comunidad


Actívate-PRS
Comité por la Universidad Popular
Los de abajo - denunciaala_abucv@hotmail.com

01 junio 2006

Sobre los disturbios en la ULA

En vista de los acontecimientos ocurridos en la ciudad de Mérida, donde grupos estudiantiles utilizaron el campus de la Universidad de Los Andes (ULA) para provocar violentos disturbios, en su afán por crear frentes de choque estudiantil (es decir, USAR a los estudiantes para actividades violentas programadas) y provocar focos de desestabilización en todo el país, el Comité por la Universidad Popular expresa su posición.

Rechazamos de manera categórica los actos de violencia impulsados por los miembros del Movimiento 13 (M-13) en la ciudad de Mérida, quienes arremetieron contra la Guardia Nacional con armamento calibre 9 milímetros y sub-ametralladoras UZI, entre otros, e intentaron violar a una efectiva de la Policía de Mérida, a quien capturaron como rehén.

Denunciamos la preparación de un plan desestabilizador desde el seno de las Universidades, espacios que, por estar investidos de “autonomía”, están sirviendo a los grupos políticos de oposición para guardar armas y preparar acciones violentas que sólo buscan seguir generando muertos en nuestras calles, tal como ocurrió con el compañero Jorge Aguirre a las puertas de la UCV.

Alertamos a los estudiantes de las intenciones de ciertos grupos que andan a la cacería de jóvenes luchadores para colocarlos como carne de cañón en sus planes de violencia. Serán ustedes, y no ellos, quienes los lleven a cabo y quienes se verán envueltos en situaciones confusas, tal como ocurrió con algunos miembros del M-13 que luego debieron salir a los medios de comunicación a marcar su desacuerdo con las acciones impulsadas por su dirigente, Nixon Moreno, y a explicar el engaño del cual habían sido víctimas.

Apoyamos la postura marcada por la Federación de de Centros Universitarios de la UCLA y la Presidencia de la Federación de Centros de Estudiantes de la UPEL-IPB, principales universidades experimentales de la región Centroccidental del país, y de las diferentes organizaciones y colectivos estudiantiles de base (Frente Universitario Gayón FUG-Lara, Movimiento Estudiantil CONCIENCIA y Colectivo Alí Primera), los cuales se unen al rechazo de estas acciones.

Esperamos que otras organizaciones se sumen a este llamado de solidaridad y activen sus mecanismos de acción para responder, de modo efectivo, ante las pretensiones de grupos fascistas que no hayan cómo utilizar a los estudiantes para sus fines politiqueros. Además, consideramos importante la unificación del sector estudiantil para actuar, como cuerpo, ante la ola de hechos que se avecinan.


Comité por la Universidad Popular
comiteup@yahoo.com